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La transición energética en Colombia está tomando un nuevo y fascinante rumbo, uno que pone el poder, literalmente, en manos de la gente. Hablamos de las Comunidades Energéticas, una iniciativa que promete transformar la manera en que se genera, distribuye y consume la electricidad en el país. Sin embargo, el camino no está exento de críticas y desafíos. Con una meta gubernamental de más de 18,400 comunidades frente a las 285 que operan actualmente, la pregunta es inevitable: ¿estamos ante una verdadera revolución o, como lo califica el exministro de Minas y Energía Amilkar Acosta, ante un escenario de “mucha bulla y pocas nueces”? En este artículo, profundizaremos en el estado actual de las comunidades energéticas, su regulación, sus objetivos y cómo cualquier colombiano puede ser parte de este cambio.

Lejos de ser un concepto abstracto, una comunidad energética es una figura asociativa muy concreta. Se trata de un grupo organizado de personas, familias, empresas o entidades jurídicas que deciden unirse para producir, gestionar y consumir su propia energía a partir de fuentes renovables. El corazón de esta iniciativa es la democratización de la energía, rompiendo con el modelo tradicional centralizado donde unos pocos grandes actores controlan la generación y distribución.
La idea no es del todo nueva. De hecho, la Constitución de Colombia de 1991, en su artículo 365, ya abría la puerta a que los servicios públicos, incluyendo la electricidad, pudieran ser prestados por “comunidades organizadas”. Lo que ha cambiado es el impulso político y la tecnología, principalmente a través de la instalación de paneles solares, que hacen de esta visión una realidad tangible y asequible.
Los pilares de la transición energética global son la digitalización, la descarbonización, la descentralización y la democratización. Las comunidades energéticas atacan directamente los dos últimos, permitiendo que la energía se genere cerca de donde se consume (descentralización) y que los propios usuarios tengan control sobre ella (democratización).
Las cifras oficiales del Ministerio de Minas y Energía muestran que hoy existen 285 comunidades energéticas funcionando en Colombia. Si bien es un comienzo, la cifra palidece frente a la ambiciosa meta del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026: alcanzar más de 18,400 en todo el territorio nacional.
Esta brecha entre la realidad y la proyección ha generado escepticismo. El exministro Amilkar Acosta ha sido una voz crítica, señalando una posible improvisación en la implementación inicial del programa. Según Acosta, el gobierno anterior “puso la carreta delante de los bueyes” al repartir paneles solares sin un marco regulatorio claro y sin un plan de articulación y seguimiento, lo que podría condenar al fracaso a muchas de estas iniciativas iniciales. La crítica apunta a una falta de concierto que es vital para la sostenibilidad a largo plazo de estos proyectos. Ahora, las esperanzas están puestas en la nueva administración del ministerio para que, con la regulación ya en marcha, se pueda “lanzar un salvavidas” y consolidar el programa.
Un punto de inflexión crucial llegó a principios de abril de 2024, cuando la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) finalmente expidió la resolución que reglamenta la actividad de las Comunidades Energéticas. Este documento es la pieza que faltaba en el rompecabezas, estableciendo las reglas operativas y comerciales para su integración tanto en el Sistema Interconectado Nacional (SIN) como en las Zonas No Interconectadas (ZNI).
La nueva normativa define dos modalidades principales de participación:
Una de las novedades más importantes de esta regulación es que permite a una comunidad energética constituirse formalmente como una empresa comercializadora de electricidad, siempre que cumpla con las mismas condiciones que cualquier otro actor del mercado. Esto abre un abanico de posibilidades para que las comunidades no solo logren su autosuficiencia, sino que también generen ingresos y se conviertan en motores de la economía local.

| Característica | Antes de la Regulación (Situación Informal) | Después de la Regulación (Marco Formal CREG) |
|---|---|---|
| Estatus Legal | Iniciativas aisladas, sin reconocimiento formal en el mercado eléctrico. | Figura reconocida constitucionalmente y regulada para operar en el sistema. |
| Venta de Excedentes | Complejo y sin un mecanismo claro. Dependía de acuerdos puntuales. | Mecanismos claros para entregar la energía sobrante a la red y recibir beneficios económicos. |
| Coordinación | Poca o nula. Proyectos esparcidos sin articulación. | Lineamientos para la integración al SIN y ZNI, asegurando estabilidad y orden. |
| Acceso a Financiación | Limitado a programas específicos, sin un marco general. | Múltiples fuentes de financiación pública claramente definidas y accesibles. |
El Gobierno Nacional ha delineado diez objetivos estratégicos que estas comunidades buscan alcanzar, los cuales van mucho más allá de simplemente generar electricidad:
Para materializar estos proyectos, el Plan Nacional de Desarrollo ha establecido diversas fuentes de financiación. Los recursos pueden provenir del Presupuesto General de la Nación, del Ministerio de Minas y Energía, y de fondos especializados como el FENOGE (Fondo de Energías No Convencionales y Gestión Eficiente de la Energía), el Sistema General de Regalías, FAER y FAZNI, entre otros. También se contempla el mecanismo de obras por impuestos y la cooperación internacional.
Para los ciudadanos, grupos o empresas interesados en formar parte de esta iniciativa, el proceso es el siguiente:
Actualmente, hay 285 comunidades energéticas en funcionamiento, pero el gobierno tiene como objetivo superar las 18,400 en los próximos años.
Sí. El modelo está diseñado para que tanto personas naturales como jurídicas (empresas, cooperativas, juntas de acción comunal, etc.) puedan asociarse para conformar una comunidad energética.
Principalmente se utilizan Fuentes No Convencionales de Energía Renovable (FNCER). La energía solar fotovoltaica, a través de paneles solares, es la tecnología más común y accesible para estos proyectos.
Sí. Existen múltiples fuentes de financiación pública y fondos de apoyo diseñados específicamente para impulsar la creación y consolidación de las comunidades energéticas en todo el país.
Gracias a la nueva regulación de la CREG, las comunidades pueden entregar esa energía sobrante (excedentes) a la red eléctrica nacional. A cambio, reciben beneficios económicos, lo que convierte al proyecto no solo en una solución de autoabastecimiento, sino también en una fuente de ingresos.
En conclusión, las comunidades energéticas representan una de las apuestas más transformadoras para el futuro energético de Colombia. Aunque los inicios han sido complejos y no exentos de críticas, la reciente consolidación de un marco regulatorio claro ofrece la estructura necesaria para pasar de la “bulla” a las “nueces”. El éxito dependerá de una implementación ordenada, un seguimiento riguroso y, sobre todo, de la participación activa de los ciudadanos, quienes hoy tienen la oportunidad histórica de convertirse en protagonistas de su propio futuro energético.
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